Page 3 - DIBUJA VOTA Y GANA
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AUTORIDAD
                       DE FISCALIZACIóN  DET ]UEGO        ESfADO  PLURINAC'ONAL  DE
                       ,UEGO  )UfO,  LEGAI  Y IUTSPAREf,TE  BOLIVIA
            á)


                                                                                        05-00087-25

                  Fiscalización  del Juego -  AJ, delegándole  la tramitación de solicitudes  de autorización y  de
                  promociones  empresariales  desde su inicio hasta la emisión de la respectiva  Resolución
                  Administrativa  de Autorización, Modificación, Rechazo,  Rechazo in limine y Anular con reposición
                  hasta el vicio más antiguo, sin que esta delegación  implique  que el Director Ejecutivo  de la
                  Autoridad del Juego renuncie  a la posibilidad  de tramitar  personalmente  procesos de autorización
                  de promociones  empresariales.

                  CONSIDERANDO  II:

                  Que,  el Articulo 7 de la Ley No 060 de 25 de noviembre de 2010, modificado  por la Ley No 317 de
                   Presupuesto  General del Estado de 11 de diciembre de 2012 y por el Aftículo 3 Parágrafo  I de la
                   Ley No 7L7 de 13 de  julio  de 2015 de Modificaciones  e incorporaciones  a la Ley No 060 de Juegos
                  de Lotería y de Azar, deflne a las promociones  empresariales.

                  Que,  los Artículos 20 y 2L del Anexo al Decreto  Supremo  No 0781 de 2 de febrero de 2011,
                   modificados por el Decreto  Supremo  No 2600 de 18 de noviembre  de 2015 y concordantes  con lo
                  dispuesto por los Aftículos  9 y 18 de la Resolución Regulatoria  No 01-00004-24  de 31 de octubre de
                   2024,  establecen los requisitos y procedimientos para la otorgación de autorizaciones  de
                   promociones  empresariales a favor de personas  individuales  y jurídicas, públicas o privadas.

                   Que,  el Artículo 20 de la Resolución Regulatoria  No 01-00004-24 de 31 de octubre de 2024,  prevé
                   las clases de resoluciones  que resuelven  las solicitudes de Autorización de Promociones
                   Empresariales.
                   CONSIDERANDO  III:

                   Que,  la empresa  RODUGA  INVERSIONES  SOCIEDAD  ANONIMA,  mediante nota S/N adjunta  a
                   la Hoja de Ruta Externa  No 581 de 24 de marzo de 2025, ha solicitado  autorización  para realizar  la
                   promoción empresarial  'DIBUJA, VOTA Y GANA", acompañando  a este efecto lo siguiente:  1)
                   Cédula de Identidad  No 2761602  a nombre de Sandra Irene Paz Alvarez, 2) Certificado  de
                   Inscripción al Padrón  Nacional  de Contribuyentes  NIT 145186023, 3) Matrícula actualizada del
                   Registro de Comercio  No 145186023,  4) Testimonio  de Constitución  de Sociedad  No 7412007 de
                   fecha 01 de febrero de 2007, 5) Testimonio Poder No 5667/202t de 24 de marzo de 2025, a favor
                   de Sandra lrene Paz Alvarez, 6) Declaración Jurada de Veracidad de Documentación  Proporcionada
                   de fecha 24 de mano de 2025, suscrita por Sandra Irene Paz Alvarez, 7) ANEXO II Declaración
                   Jurada de fecha 24 de mano de 2025, suscrita por Sandra Irene Paz Alvarez, 8) Ceftificado Valor
                   Comercial de la empresa RODUGA  INVERSIONES  SOCIEDAD  ANONIMA, y 9) Proyecto de
                   Promoción  Empresarial,  documentación  que fue revisada y se constató que cumple con los
                   requisitos  legales  exigidos  por la normativa pertinente de acuerdo a los siguientes  informes:

                    a)  Informe Técnico CITE: AJ/DRLP/DF/INF/36312025  de 28 de marzo  del 2025, emitido por el   Net
                         Departamento de Fiscalización y Control de la Dirección  Regional  La Paz, después  de haber
                         realizado una valoración técnica  referente  al caso, se concluye que la empresa RODUGA
                        INVERSIONES  SOCIEDAD ANONIMA,  CUMPLE con los requisitos  señalados en los
                      I   íncisos a), b), c), e) y  Q  del Parágrafo  II del Artículo 9 de la Resolución Regulatoria No 01-
                     ,-§  OOOO+-24  de 31 de octubre de 2024, para la realización de la promoción  empresarial
                                    *DIBUJA,                                                                    (@
                         denominada           VOTA Y GANA'.
                                                                                                              icontec
                                                   2025 BTCENúENARIO  DE EOLIUA

      Oficina Nacional                             Regional  Santa Cruz                   Regional  Cochabamba  ISO 9oo1
      Calle I6 de Obrajes  No. 220         Calle Prolongación Campero  N'  .l55  U.V. l   Calle Ayacucho esquina Heroínas
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