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AUTORIDAD
       i              DE FISCALIZACIóN  DEL JUEGO    iiltiiliviI
                      JUEGO JUÍO,  LEGAL Y ÍMÑSPARENTE
           á)







                  CITE : AU DRLP/  D J  I  RAA  I  L7 3  I 2024

                         REsoLUcIÓN  ADMINISTRATIVA  DE AUToRIZAcIóN  N. O5-OOL73-24
                                                           R-0012
                                                 La Paz, 29 de julio  del2024

                  VISTOS:

                  La nota s/n de la empresa RODUGA  INVERSIONES SOCIEDAD  ANONIMA, representada
                  legalmente  por Sandra  Irene Paz Alvarez en virtud  al Testimonio  Poder  No 566712021 de fecha  20
                  de octubre  de 202t, el Informe  Técnico CITE:  AJ/DRLP/DF/INFiB7812024  de 29 de julio del 2024  y
                  el Informe Legal CITE: AUDRLP/DI/1NF152212024  de 29 de julio del2024;  lo que se t¡ene presente,
                  por ley convino ver, y;
                  CONSIDERANDO I

                  Que,  conforme  establece el Artículo 21 de la Ley No 060 de Juegos de Lotería  y de Azar de 25 de
                  noviembre  de 2010, se crea la Autoridad de Fiscalización  y Control  Social del Juego -  AJ, como
                  institución  pública, con personalidad  jurídica y patrimonio  propio,  independencia  administrativa,
                  financiera, legal y técnica, supeditada al Ministerio  de Economía  y Finanzas Públicas, con
                  jurisdicción y competencia  en todo el territorio del Estado Plurinacional,  siendo  la única  entidad
                  facultada  para otorgar licencias y autorizaciones, fiscalizar, controlar  y sancionar  las operaciones  de
                  los juegos de lotería y de azar, al presente y en virtud a la Disposición  Adicional Unica de la Ley No
                  777 de 13 de julio  de 2015,  ahora denominada Autoridad  de Fiscalización del Juego.

                  Que,  el Artículo 26 de la Ley No 060, concordante con el Artículo 20 del Anexo del Decreto  Supremo
                  No 0781 de 2 de febrero de 20i1 modificado  mediante  el parágrafo  I del Artículo  2 del Decreto
                  Supremo  No 2600, determinan  las atribuciones de la Máxima Autoridad  Ejecutiva de otorgar
                  autorizaciones a Promociones  Empresariales.

                  Que,  el Artículo 2 del Anexo del Decreto Supremo  No 0781 establece  que: (...) "La Autoridad de
                  Fiscalización  y Control Social del Juego  -  AJ, creada por el Aftículo 21 de la Ley No 060, es una
                  institución pública descentralizada bajo tuición  del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
                   Tiene su sede en la ciudad de La Paz y ejerce  jurisdicción y competencia en todo el terltorio del
                   Estado y podrá establecer  oficinas regionales  para el cumplimiento  de sus funciones de
                   fiscalización,  control, aplicación y ejecución de sanciones,  de acuerdo a sus necesidades
                  administrativas  (...  )".

                  Que,  el Numeral  6 del Artículo  4 de la norma citada en el parágrafo anterior, establece  que  el
                   Director  Ejecutivo tiene la atribución de Administrar los recursos  humanos,  económicos  y   Net
                  financieros  de la AJ de acuerdo  a la normativa vigente.

                       de conformidad  a la normativa anteriormente enunciada,  mediante Resolución  Suprema  No
                         de 30 de noviembre de 7023, se designó al Dr. Marco  Antonio  Sanchez Vaca como Director
                                                                                                                te,
                           de la Autoridad de Fiscalización del Juego
                                                                                                              icontec
                                                                                                             --7
                                           2023  ANO DE  LA ,UVENTUD  HACIA  EL BICENTENARIO
                                                                                                               ISO 9oo1
       Oficina Nacional                              Regional  santa Cruz                 Regional  Cochabamba  \-/
       Calle 16 de Obrajes  No. 220           Calle Prolongación  Campero  N' 155 U.V.1  Av. Ayacucho  esquina  Heroínas
       Edif. Centro de Negocios  Obrajes, Piso 2    Manzana  7 Zona Norte                Edificio ECOBOL, Piso  1
       relf .(2) 2125057  - 2125081                Telf. (3) 3323031  -3333031       Telf.  (a) 4661 000 - 4661 001
                                                                                                              sc-cER564556
       Regional  La Paz - Piso 3
       relf. (2) 212538s                                 www.aj.gob.bo
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