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AUTORIDAD
i DE FISCALIZACIóN DEL JUEGO iiltiiliviI
JUEGO JUÍO, LEGAL Y ÍMÑSPARENTE
á)
CITE : AU DRLP/ D J I RAA I L7 3 I 2024
REsoLUcIÓN ADMINISTRATIVA DE AUToRIZAcIóN N. O5-OOL73-24
R-0012
La Paz, 29 de julio del2024
VISTOS:
La nota s/n de la empresa RODUGA INVERSIONES SOCIEDAD ANONIMA, representada
legalmente por Sandra Irene Paz Alvarez en virtud al Testimonio Poder No 566712021 de fecha 20
de octubre de 202t, el Informe Técnico CITE: AJ/DRLP/DF/INFiB7812024 de 29 de julio del 2024 y
el Informe Legal CITE: AUDRLP/DI/1NF152212024 de 29 de julio del2024; lo que se t¡ene presente,
por ley convino ver, y;
CONSIDERANDO I
Que, conforme establece el Artículo 21 de la Ley No 060 de Juegos de Lotería y de Azar de 25 de
noviembre de 2010, se crea la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego - AJ, como
institución pública, con personalidad jurídica y patrimonio propio, independencia administrativa,
financiera, legal y técnica, supeditada al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, con
jurisdicción y competencia en todo el territorio del Estado Plurinacional, siendo la única entidad
facultada para otorgar licencias y autorizaciones, fiscalizar, controlar y sancionar las operaciones de
los juegos de lotería y de azar, al presente y en virtud a la Disposición Adicional Unica de la Ley No
777 de 13 de julio de 2015, ahora denominada Autoridad de Fiscalización del Juego.
Que, el Artículo 26 de la Ley No 060, concordante con el Artículo 20 del Anexo del Decreto Supremo
No 0781 de 2 de febrero de 20i1 modificado mediante el parágrafo I del Artículo 2 del Decreto
Supremo No 2600, determinan las atribuciones de la Máxima Autoridad Ejecutiva de otorgar
autorizaciones a Promociones Empresariales.
Que, el Artículo 2 del Anexo del Decreto Supremo No 0781 establece que: (...) "La Autoridad de
Fiscalización y Control Social del Juego - AJ, creada por el Aftículo 21 de la Ley No 060, es una
institución pública descentralizada bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Tiene su sede en la ciudad de La Paz y ejerce jurisdicción y competencia en todo el terltorio del
Estado y podrá establecer oficinas regionales para el cumplimiento de sus funciones de
fiscalización, control, aplicación y ejecución de sanciones, de acuerdo a sus necesidades
administrativas (... )".
Que, el Numeral 6 del Artículo 4 de la norma citada en el parágrafo anterior, establece que el
Director Ejecutivo tiene la atribución de Administrar los recursos humanos, económicos y Net
financieros de la AJ de acuerdo a la normativa vigente.
de conformidad a la normativa anteriormente enunciada, mediante Resolución Suprema No
de 30 de noviembre de 7023, se designó al Dr. Marco Antonio Sanchez Vaca como Director
te,
de la Autoridad de Fiscalización del Juego
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--7
2023 ANO DE LA ,UVENTUD HACIA EL BICENTENARIO
ISO 9oo1
Oficina Nacional Regional santa Cruz Regional Cochabamba \-/
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